lunes, 30 de marzo de 2009

Informe preliminar caso 33 camiones

boris ivan miranda
miranda.ivanbor@gmail.com
http://eseventarron.blogspot.com

Este informe, de más de 140 páginas, será discutido por la Comisión de diputados que cumple funciones de cabeza de Ministerio Público en la investigación del caso conocido como 33 camiones. El reglamento dispone que el presidente de la Comisión tiene la atribución de redactar el informe preliminar que discutirá la plenaria. En este caso le tocó al diputado, cuota del Movimiento Sin Miedo, Javier Zabaleta, la responsabilidad de elaborar las conclusiones de un escándalo que envolvió (y fuerte) a Juan Ramón Quintana, Ministro de la Presidencia.

El texto reparte responsabilidades entre 17 ciudadanos, exonera a varios y sugiere procesos administrativos por incumplimiento de deberes a otros tantos. Lo llamativo es que plantea procesos penales contra dos personajes muy particulares. El primero es él que denunció a JRQ y armó todo el quilombo, César López, ex presidente de la Aduana durante casi todo 2008, cuando sucedió todo. López accedió a ese despacho por Juan Ramón, eran grandes amigos de los años de cuartel de JRQ. Cuendo fue posesionado Quintana dijo que había aprendido mucho de él en los dos años en los que estuvo bajo sus órdenes. Un buen día se distanciaron. El segundo es Rafael Bandeira, prefecto interino de Pando hasta el abril de 2010. Es contraalmirante y hasta el 10 de agosto estuvo al mando del Comando de Tareas Conjuntas del departamento amazónico. Dicen que no viabilizó el retorno de los camiones a Cobija cuando estuvieron retenidos. Él dice que cuando dejó el cargo los camiones estaban bajo resguardo.

Sobre JRQ dice lo siguiente:

La Comisión Legislativa Especial habiendo recabado todas las declaraciones e informes del caso; incluyendo la declaración del propio Ministro Quintana, con motivo de las sindicaciones vertidas en su declaración ante la Comisión por el Sr. Cesar López Saavedra Ex Presidente de Aduana; llega a la convicción de que ha podido establecer que dichas sindicaciones tienen solo un valor relativo, ya que las mismas han sido enfática y taxativamente enervadas por el Ministro Quintana y, no existen indicios adicionales o elementos de convicción quelas respalden, como tampoco existen indicios que permitan presumir falsedad en las aseveraciones de descargo del Ministro referido. Que en tales circunstancias el valor indiciario de las declaraciones del Sr. Cesar López Saavedra, aparece sin el sustento de otros elementos de prueba, teniendo por lo mismo valoración la negativa reiterada del Ministro sindicado.

Que en relación al video casete en el que presuntamente un comerciante afirmaría la participación del Ministro Quintana en los hechos objeto de la presente investigación , fue el propio Sr. Jesús Chambi, en declaración expresa ante la Comisión Legislativa Especial, quien niega y desvirtúa por completo esa afirmación presunta atribuida a su persona.

Que, sin embargo de lo anterior, presumiéndose la no participación del Ministro Quintana en los hechos delictivos motivo de la investigación; resulta evidente que el Ministro de la Presidencia actuó en un área jurisdiccional administrativa que no es precisamente de competencia de esa cartera de Estado, de acuerdo al Art. 4 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), atinente al Ministerio de la Presidencia, no obstante intervino ; salvando el conflicto social presentado con los comerciantes; aspecto evidenciado por un lado de las reuniones que efectivamente sostuvo con dicho sindicado de contrabando, y por el otro en las constantes visitas y permanencias en el área fronteriza en cuestión; por lo que se recomienda el Presidente de Estado determinar la existencia o no de responsabilidad administrativa establecida en la Ley No. 1178 Ley SAFCO y disposiciones conexas, en la actuación del mencionado Ministro.

El Informe se puede descargar en: http://eseventarron.blogspot.com

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