wreynagavx@yahoo.es
1.
¿Quién decide la comisión del acto corrupto?... La respuesta es simple. El que tiene el poder para hacerlo: la autoridad, sea funcionario de gobierno o administrador público. El que no está en esta posición, el "corruptor ", por ejemplo, pudiendo incitar de muchas maneras a la comisión del delito no es quien toma la decisión. Ésta, depende de la conciencia y la voluntad del primero, del que tiene el poder público. La que suele ser una persona mayor de edad y hábil por derecho. Entonces, muy capaz de negarse a la corrupción y denunciar la incitación.
Pero, las cosas habitualmente no suceden así. El tener condición de autoridad de control de la corrupción, pone en manos de la persona la oportunidad, según práctica habitual y corriente, de acceder a los beneficios de la misma. Una práctica que viene sembrando tradición desde hace siglos en el manejo del poder público y termina desarrollando una cultura, organizaciones (¿mafias?), operadores especializados, tasas de beneficio, formas y maneras. Toda una institucionalidad de facto.
Pero es más, los funcionarios públicos suelen procurar la ocasión y circunstancias de la corrupción, llevando a la desesperación a quienes hacen alguna gestión o trámite ante las oficinas del gobierno, orillándoles a ofrecer el beneficio corrupto. Sin embargo, hablan de las culpas de corruptor y corrupto, cargando responsabilidad en el primero, cuando habitualmente parte de víctima de la burocracia pública. Y, no son pocos los casos en los que los funcionarios públicos solicitan coimas de modo franco y directo. ¿Quiénes no han sufrido estos atropellos?
2.
En los últimos años, se han creado muchos órganos y autoridades destinados a controlar y frenar el mal. Pero, por lo que se ve, por la continuidad de la práctica, se comprueba que simplemente han fracasado. Creaturas de gobiernos de derecha como de izquierda: Ministerios y Viceministerios anticorrupción, zares, vicepresidentes... encargados de liquidar la corrupción, junto a los Concejos Municipales, el mismo Parlamento, la Contraloría, los Comités de Vigilancia (los de los municipios y entidades como COTEL), interventores, el comité de lucha contra la corrupción creado en el marco de la EBRP, las Juntas Escolares y ahora el control social en manos de las elites de los "sectores sociales", etc. etc. Y, nada. Nada significativo que pueda apuntarse como logro.
Y es que, en los hechos, las personas encargadas de este control tienen la puerta abierta para beneficiarse de su poder, del poder de ejercer control, y serán pocos los que rehuyan hacerlo. Más aún, cuando inscrita en la tradición cultural política del país está eso de que el cargo público sirve para que la autoridad le saque provecho personal. Una herencia de la colonia feudal española y su estilo de dominio en este país nuestro.
¿Cuántos órganos más serán necesarios para obtener resultados satisfactorios? De este género, pueden crearse decenas más y hasta una pirámide de organizaciones, y no se lograra nada. Salvo, la ampliación del universo de beneficiarios indirectos de la corrupción. Quizás con menor tasa de beneficio per cápita. Pero no se frenará la corrupción. Los hechos lo están demostrando.
Y es que en Bolivia, es costumbre enraizada el uso del espacio de poder y representación, que se tenga, en provecho personal. Y, esto no tiene nada que ver con que la gente sea de derechas o izquierdas, liberales o socialistas, militares o civiles. Esta forma de entender el cargo público y actuar en consecuencia tiene condición estructural en la conducta de los "servidores públicos". Mientras que con las normas hechas contra la corrupción pasa eso que dicen, los que saben: "Hecha la ley, hecha la trampa" o la frase que expresa el cinismo colonial "La ley se acata, pero no se cumple". En esas cosas somos duchos y tenemos tradición, y tecnología para exportar.
3.
De ahí que a la ley Marcelo Quiroga, de investigación de fortunas y lucha contra la corrupción no le espere mejor destino. Lo más que ha de hacer será permitir castigar los hechos de corrupción cometidos por los que no están en el poder, dejando intactos y con más ganas a los que están en el poder (los de ahora y los que vendrán). Resultados que podrían muy bien ser facilitados por las nuevas autoridades (fiscales y jueces) designadas por el Presidente, obstinado en tener poder absoluto.
4.
De ahí que, si alguna oportunidad hay de luchar efectivamente contra la corrupción, esta debe definirse por:
a) No limitar el derecho a investigar los posible hechos de corrupción a sólo representantes sociales, políticos o de gobierno, porque, como representantes, lejos de sus representados y poniéndose de espaldas a ellos pueden muy bien involucrarse en el mal, haciéndose también sus beneficiarios. Eso dice la experiencia vivida por el país con este problema.
b) Abrir el derecho de control de las oficinas del estado a todos. A todos los ciudadanos bolivianos. Eso es lo correcto, por principio, porque nada es ni puede ser más público que el estado. Cosa común, territorio y asunto de todos sus ciudadanos. Salvo, que se parta del derecho de posesión feudal. Como en el esquema colonial. Es más, todo lo que representan, manejan y administran nuestros gobernantes y administradores públicos nos pertenece a todos, por derecho natural, siendo parte de nuestro irrenunciable patrimonio social. Nada, salvo la pequeña cuota parte, que como ciudadanos les corresponde, es de propiedad de los gobernantes.
5.
Entonces, planteamos de principio, que todas las oficinas públicas estén abiertas a la mirada del soberano, de todos y cada uno de nosotros, los ciudadanos bolivianos. Que las cosas del estado dejen de ser manejadas como asunto privado y personal de los gobernantes de turno. La cosa pública tiene que ser pública.
Porque sucede, como muestra la realidad histórica del país y la de otros similares, que el estado puede ser privatizado y hasta secuestrado, por particulares en función de gobierno. Larga es la experiencia del país en cuanto a la privatización (feudal) del estado boliviano. Una de cuyas muestras está en la negativa de los jefes militares de abrir sus archivos, a pesar de lo que dispone la ley y la moral, para investigar hechos trágicos como la muerte de Marcelo Quiroga y otros mártires de la democracia,. Sin duda, buenos izquierdistas y revolucionarios. ¡Qué paradoja!
El estado boliviano ha sido más de las minorías oligárquicas que del pueblo boliviano. La tarea definitiva, pendiente, está en que el pueblo se apropie de él y lo ¡nacionalice! Ni más ni menos. Porque eso es lo que hace falta para sacarlo de su tradicional enajenación, resabio de la colonia.
Y esta tarea, en cuanto a control social sobre la corrupción, consiste en dar curso a un sistema de control social directo. Un control en manos del pueblo, de sus ciudadanos. Como el planteado por Walter Reynaga en sus libros Revolución hacia el desarrollo y la libertad (1996) y Bolivia al Poder (2003).
6.
Dicen que la oposición no tiene proyecto de ley alternativo que oponerle al proyecto Marcelo Quiroga Santa Cruz. Pues aquí tienen una propuesta alternativa, capaz en los hechos de frenar realmente el mal. Un proyecto que tendría que ser enarbolado por el mismo gobierno, en atención a su mentada voluntad de lucha contra la corrupción. No tuenen excusa ni argumento para descartarlo.
Una ley que entre lo central incluya lo siguiente:
a) Establecer por ley el derecho de cada ciudadano boliviano a ejercer control y auditoría de las oficinas públicas del gobierno en todos sus niveles: central, descentralizado, autónomo, empresas públicas...
b) Un derecho cuyo sujeto es el ciudadano, en tanto simple ciudadano, sin condición alguna de ser representante o autoridad, alguna. Una potestad propia del ciudadano, a sola condición de ser hábil por derecho y no estar encauzado, ni haber sido hallado culpable en fallo ejecutoriado, en investigaciones o procesos judiciales sobre actos de corrupción.
c) Un derecho ciudadano para ser ejercido voluntariamente. De manera directa o mediante poder.
d) Cuyo financiamiento corre por cuenta del ciudadano en función de control social directo.
e) Potestad y derecho que debe ser protegido y viabilizado, para su efectivo ejercicio, en cada caso, por el Vicepresidente del Estado y bajo su entera responsabilidad, apoyado por un aparato administrativo conformado a este fin. Autoridad que tendría que elevar informes periódicos ante el Congreso de la Nación (o Asamblea Plurinacional) para su conocimiento y evaluación. Que el incumplimiento de estas responsabilidades así como el entorpecimiento, freno o distorsión de este derecho ciudadano constituye grave delito en contra del pueblo y sus derechos fundamentales, debiendo ser sancionado en esa proporción.
f) El derecho de control social será ejercido, en cada caso, a partir de la entrega, por el ciudadano, de una solicitud escrita, en formulario, dirigida a la autoridad principal de la oficina que se quiere investigar, señalando el asunto a ser enfocado (con copia a la Vicepresidencia). Solicitud que no podrá ser rechazada (salvo por errores formales y en espera de su rectificación) y dará curso inmediato al proceso de apertura de la documentación y archivos correspondientes para ser investigados por el ciudadano en ejercicio del control social directo.
g) Proceso que luego de plazo prudente deberá culminar con la ntrega, por parte del ciudadano en función de control, de un informe escrito, a los medio se comunicación masiva, firmado y bajo la responsabilidad del mismo.
h) Responsabilidad que podrá ser interpelada por quienes creyeran sus derechos afectados. Lo que, para el efectivo ejercicio del control social y el éxito, exige de un sistema judicial verazmente eficiente e independiente. Porque de estar copado o sometido por los otros poderes (u órganos), tendría totalmente invalidadas sus opciones de administración equilibrada de justicia. Y sus fallos serían, por principio, ilegítimos.
7.
Este sistema de control de la corrupción puede tener éxito ahí donde han fracasado los intentos hechos, porque muchos se verían convocados a sacarle beneficio también, ejerciendo el poder de control â€"que tal si se atrapa a un pez gordo, sin duda se tendría buenas opciones de negociación para sacar significativo beneficio--. Pero, como este sistema está totalmente abierto, a la voluntad de quien quiera ejercer el derecho, podrían ser muchos los interesados en hacer tal control en espera de obtener provecho, llevando la presión a un nivel tal que el monto de la tasa de la corrupción no logre alcanzar a contentar a todos. Lo que podría llevar, por despecho y por un básico sentido de justicia, a que alguno de estos denuncie el acto de corrupción tal cual es.
Y, porque, para la gente común, para el ciudadano de a pie, es una herramienta que le devuelve en parte el poder delegado a los gobernantes, dándole oportunidad de ver qué hacen estos con la confianza que se les ha dispensado. A la vez que le da ocasión de servir a la sociedad, a la maltratada patria, que de este tipo de personas también hay, en el conglomerado boliviano.
Además, porque todos quienes se sientan perjudicados por un hecho de corrupción en sus tratos con el estado, tendrán la oportunidad de defenderse y castigar a quienes le infligen daño.
Para muchos el sistema puede parecer traumatizante. Pero, la magnitud del mal exige de soluciones de similar tamaño, si se ha de esperar aún del estado boliviano algún rol positivo a favor del país. Sin embargo, no se descarta su aplicación gradual, empezando por las oficinas públicas más sensibles al problema, como la aduana, impuestos internos, policía, etc.
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