miércoles, 8 de octubre de 2014

CONSIDERACIONES AL PROCESO ELECTORAL


CONSIDERACIONES AL PROCESO ELECTORAL 
Plataforma Ciudadana por el Voto Informado y Transparente

La confianza en las instituciones del Estado es condición imprescindible en un régimen democrático, principalmente porque es un factor básico en la relación de representantes y representados.

Con el respaldo de la CPE y la Ley del Régimen Electoral vigente,  un conjunto amplio y plural de organizaciones de la sociedad civil boliviana hemos conformado la “Plataforma Ciudadana por el Voto Informado y Transparente”, a fin de contribuir democráticamente al desarrollo del proceso electoral del 12 de octubre próximo y, habiendo seguido de cerca los diversos acontecimientos, hacemos las siguientes consideraciones:

• La limitada información sobre las y los candidatos en cuanto a sus perfiles profesionales, cualidades,   ideas y propuestas de programa, ha sido una debilidad en el presente proceso electoral, tanto por parte de  las organizaciones políticas como del propio Tribunal Supremo Electoral (TSE). Por tales motivos, en esta última etapa se recomienda fortalecer dicha información hacia la ciudadanía a fin de favorecer un voto informado y consciente, ahora y en los próximos procesos electorales.

• La consolidación institucional del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) como árbitro independiente de la competencia electoral es fundamental para garantizar un proceso transparente y justo. En ese sentido, el OEP a través de acciones en algunos casos poco planificadas, imprecisas y a veces contradictorias, ha generado susceptibilidad e incertidumbre en los actores políticos y en la propia ciudadanía. Esperamos que las mismas puedan corregirse en el tiempo que resta para las elecciones generales y las próximas elecciones regionales y municipales, que se llevarán a cabo los primeros meses del 2015.

• La Ley del Régimen Electoral en su artículo 119 establece que está prohibida la propaganda electoral, tanto en actos públicos de campaña como a través de medios de comunicación, que utilice imágenes de la entrega de obras públicas, bienes, servicios, programas o proyectos. Sin embargo, esta disposición no ha sido respetada y el OEP no se ha manifestado al respecto. Esta situación vulnera la sana competencia, la igualdad de oportunidades y promueve el ventajismo electoral. 

• La CIDH en su Informe Anual 2010 a través de la Relatoría para la Libertad de Expresión estableció que en momentos electorales debe garantizarse el debate público, estableciendo que “el sano debate democrático exige que exista el mayor nivel de circulación de ideas, opiniones e informaciones respecto de los candidatos, sus aptitudes y capacidades, durante el período que precede a unas elecciones, (...) Es necesario que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones, para que los electores puedan formar su criterio para votar”. En esa línea, se recomienda al OEP instituir la obligatoriedad de que en periodos electorales, todos los candidatos y candidatas participen en debates imparcialmente organizados con propuestas y ofertas de políticas públicas; caso contrario las campañas derivan en acusaciones personales que no favorecen un voto informado.

• En relación a la determinación del OEP que prohíbe el ingreso a los recintos electorales con equipos electrónicos con los cuales se pueda capturar la imagen de la papeleta de sufragio y el voto, si bien el espíritu de tal medida es acertado por la naturaleza secreta del voto, la misma se extralimita al prohibir portar cámara en todo el reciento, cuando los ciudadanos y ciudadanas deberían poder fotografiar todo aquello que hace al contexto del proceso: por ejemplo, la apertura de las mesas e inicio de la votación, transcurso del proceso el día de votación, el cierre de mesas, el cómputo de votos y elaboración del acta.  Todos estos hechos deben desarrollarse de forma pública (tanto en el espacio como en la publicidad del documento). 

• Un aspecto positivo constituye que tanto la ciudadanía como las organizaciones políticas en campaña, como el OEP lo ha manifestado, dispondrán en tiempo real de las actas escaneadas del cómputo de votos. 

• En la emisión del voto debe garantizarse que el mismo sea “libre y secreto”. Es preciso que los ciudadanos y las organizaciones políticas demuestren madurez democrática y defiendan el derecho al voto de manera libre y secreta. Bajo ninguna circunstancia y en ningún caso se debe aceptar la coacción o presión a las y los votantes o violación del secreto de su voto. En la libertad y en el secreto del voto se encuentra su fuerza y la capacidad de la ciudadanía de decidir e incidir en democracia. 

Las organizaciones políticas, el Órgano Electoral Plurinacional y la ciudadanía, tenemos ante nosotros el desafío de defender y hacer efectiva la libertad de cada ciudadano y ciudadana de votar y elegir entre el conjunto de las opciones que se encuentren habilitadas, dejando constancia que para que este ejercicio sea efectivo, debemos defender en todos los casos el secreto de nuestro voto y la libertad de decisión.

Conforman la plataforma:

Asamblea Permanente de Derechos Humanos Bolivia; Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia; Asociación Boliviana de Ciencia Política; Bolivianos en la Red; Capítulo Boliviano de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo; Centro Boliviano de Estudios Multidisciplinarios CEBEM; Colegio Departamental de Politólogos de La Paz; Consorcio Bolivia Transparente; Construyendo Redes para el Desarrollo; Universidad Gabriel René Moreno - Carrera de Ciencia Política y Administración Pública; Fundación Construir; Fundación Pazos Kanki; Fundacion UNIR, Fundación de Apoyo al Parlamento y a la Participación Ciudadana, Instituto Prisma; Instituto de Desarrollo y Gobernabilidad; Instituto de Investigación y Capacitación Pedagógica y Social.

La Paz, 08 de octubre de 2014




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