viernes, 18 de septiembre de 2015

[Aula Libre] SOBRE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS DEL REFERENDUM DEL 20 DE SEPTIEMBRE



SOBRE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS DEL REFERENDUM DEL 20 DE SEPTIEMBRE
Dino Palacios Dávalos
En pocos días la población de 5 departamentos  y 5 municipios acudirá a  votar en referéndum  por si aprueban el estatuto autonómico departamental en el caso de los departamentos  y en los municipios,  3 de ellos por la aprobación de sus cartas orgánicas y 2 por sus estatutos autonómicos indígena originario campesinos.
Coincido con Diego Ayo, en que el tema de fondo es que acudir a votar en el referéndum del 20 de septiembre constituye un absurdo, le añado yo una burla grotesca al sentido de la Autonomía.
Al margen de los costos – se estima que son de  alrededor de 50 millones de Bs- o al margen de que pudieran haber sido históricos en el desarrollo de las autonomías,  o al margen de si se informó suficiente y adecuadamente a la población o de que si los que trabajaron esos documentos en su mayoría ya no están en ejercicio y por tanto no pueden defenderlos o  finalmente al margen de si esos mismos departamentos votaron en el 2006 en contra y luego en el 2009 a favor, al margen de todo ello  lo último que está de fondo es el enorme desconocimiento del sentido de la autonomía.
¿Qué es la autonomía? La Constitución establece que es elección directa de autoridades, administración de sus recursos y ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones.
En un sentido entendible para todos  es auto gobierno. NO es subordinación a otros niveles del Estado. Cuando se habla de autonomías se habla de igualdad de jerarquía de los diferentes niveles de gobierno estatal en el marco de las competencias  y ámbitos. Es  la administración de  sus recursos, NO es dependencia económica de las transferencias del nivel central. Es desarrollo legislativo propio, reglamentación y fiscalización propias, por supuesto y repito para que no se malentienda en sus ámbitos y competencias y atribuciones. Esa autonomía está ausente de todos los estatutos lo que están en vigencia y los que se consultan en el referéndum.
SOBRE EL ESTATUTO DE LA PAZ EN POCAS PALABRAS
Inconstitucional: La referencia a pueblos indígena originario campesinos es inconstitucional. En la CPE  y por decisión política (diálogo en Cochabamba y aprobación en el parlamento), se acuerda  la utilización de esa noción de manera unívoca e integrada. En el estatuto de manera extraña se usan diversas denominaciones en todos los casos no univocas sino con diferentes múltiples connotaciones; entiendo que sería la expresión de sectores del partido de gobierno que pugnaron por esta forma de ver la problemática en Yotala y Oruro a la aprobación de la CPE (Art 20, I , V; Art 22, Art 82 II)
Centralista: Es un documento que muestra  sometimiento al nivel central (solo algunos ejemplos Art 59 III, Art. 87, 90 I, 93, 94).
Desarrollo autonómico nulo: No hay el mínimo desarrollo competencial, solo se copian  las competencias de la CPE y la Ley de Autonomías.
Pacto fiscal: No encara la cuestión del pacto fiscal en el departamento y en relación a las perspectivas de la situación económica financiera  no plantea lineamientos y estrategias de desarrollo ni fuentes de financiamiento para ello. En conclusión muchos derechos y principios contemplados que no se podrán poner en práctica por falta de recursos.
Representación inequitativa: En materia de representación,  la asamblea reproduce la inequidad y la manipulación producida en la ley electoral Nro. 26 en la cual se prioriza lo  rural provincial en desmedro de la representación poblacional. En los hechos un representante tiene la provincia Murillo (1.663.099 habitantes), también  tiene un asambleísta la provincia Pacajes (55.180 habitantes) o la provincia G. Villarroel ( 17.782 habitantes)
Problemas de gobernabilidad: Junto con la composición inequitativa de la asamblea se debe añadir otro factor importante que es la ausencia de Vicegobernador,  los otros 4 estatutos si lo contemplan. ¿Quién reemplaza al gobernador? El estatuto establece que será el Presidente de la Asamblea  y en su caso el Vicepresidente y así sucesivamente. Es decir es un claro retroceso al mecanismo representativo que irrespeta el voto ciudadano  y deja a los ciudadanos indefensos frente al apetito y  la voracidad  de los asambleístas por descabezar  a quien se eligió como gobernador.
Se ignora la paceñidad: En la organización y el régimen institucional del estatuto se invisibiliza a la sede de gobierno y no se plantea ningún criterio respecto a  la región metropolitana.
En resumen es un documento inadecuadamente redactado, confuso en algunas partes, ambiguo en otras.  En excesivo detalle en alguna parte y general en otras. En general lírico y sin sustancia en materia de desarrollo autonómico. No cambiará nada de lo que vivimos y con contribuirá en nada a lo que hacemos.
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Autoridades del ejecutivo nacional  han señalado  que si no se aprueban los estatutos -haciendo campaña por el sí y contraviniendo la normativa al respecto de la labor de los funcionarios públicos- no habrá autonomía. No es verdad, con estos estatutos de cualquier manera no habrá ningún avance en la autonomía. El ejercicio de la autonomía, por otro lado, está consignado en la Constitución y la Ley Nro. 17 en vigencia faculta su ejercicio en transición a las entidades territoriales autónomas.
También se ha señalado que si no se aprueban los estatutos no habrá pacto fiscal, otra vez es una afirmación FALSA. Los diferentes estatutos no avanzan en lo más mínimo en relación a las condiciones, lineamiento del pacto fiscal.
Finalmente, todo lo señalado en el estatuto departamental de La Paz es extensible a los cuatro estatutos departamentales en consulta. Cosa extraña pareciera que los 5 estatutos han sido elaborados en base al mismo molde y la misma pluma.  Si así fuera es de lamentar  la falta de ingenio e inteligencia de los responsables que pudieron disimular mejor sus acciones.
Recomendamos a quienes quieran darle una mirada a los estatutos   visitar este sitio,  donde se  lo hace de una manera muy amigable, Estatuto Autonómico - La Paz



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Enviado por: Dino Palacios <dpd777@yahoo.com>


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