viernes, 25 de abril de 2014

MI POSICION





Félix Huanca Ayaviri
felixhuanca_99@yahoo.es

SOBRE LA CRISIS DE LA JUSTICIA
 
Es un espacio como este es difícil dar una posición completa sobre este tema; sin embargo, nuestro compromiso académico nos empuja a dar nuestro punto de vista. A nuestro modo de entender «la Crisis de la justicia» es un problema que debe enfrentarse desde el diseño de una «política pública» que tiene directa relación con el diseño de una política jurídica y política judicial. Una y otra tienen una estricta relación. La política jurídica tiene que ver con el diseño del sistema jurídico y su coherencia, y la política judicial se refiere al conjunto de instituciones en las que está dividida, así como tiene que ver con el análisis del tema de los jueces, tribunales y litigios. Por tanto el análisis de estos temas pasa por el diseño de cierta política pública, orientadas al mejoramiento de la Administración de justicia estatal e indígena en el actual Estado Plurinacional, así como el diseño de una política pública de convivencia de estos sistemas jurídicos. Sus objetivos deben estar orientados a reducir dos aspectos: los costos de la dilación y en disuadir la litigación, esto es, por una parte hacer más eficiente el subsistema procesal y por otra, reducir la demanda de tutela judicial a fin de evitar la congestión y dilación de los procesos.
 
CON RELACION AL ACCESO A LA JUSTICIA PÚBLICA.
 
No creemos conveniente aplicar aquellas posiciones que consideran que hay que facilitar el acceso a la justicia aunque con ello se produzca más litigios y dilación. Mas al contrario consideramos que en el caso del acceso a la justicia se debe aplicar el razonamiento de la oferta y demanda que se producen en el mercado respecto de los bienes, pues entendemos que los derechos son bienes a ser distribuidos por los tribunales. El acceso a la justicia ya sea como «libre acceso» o «justicia gratuita» tiene las mismas connotaciones que tienen los bienes en el mercado, esto es, si hay excesiva demanda de un producto suben los precios, al contrario si baja la demanda bajan los precios. En otras palabras en la administración de justicia, los bienes que son los derechos su tutela dependerán de la oferta y demanda de los mismos.
 
En definitiva, si existe excesiva demanda de tutela judicial y baja oferta de mecanismo de solución, los derechos no serán tutelados, no cumplirán los fines previstos en las leyes o la constitución,  por ello el objetivo de la política judicial, no debe consistir necesariamente en proporcionar a los ciudadanos más tutela judicial ni reducirla, sino en facilitar acceso a aquel procedimiento más efectivo, esto es, aquel que proporcione más tutela, más disuación e ilícitos y menos conflictividad potencial, que requiera menores costos.
 
CON RELACIÓN A LA ELECCIÓN DE JUECES.
 
Nuestra posición es que no es malo la elección de jueces al menos en los denominados altos tribunales, ella es más legítima que el resultado de un nombramiento por los políticos en el Congreso, Parlamento u Órgano legislativo. Lo que debe agregarse al proceso de elección es una selección previa merito-crática, no política, incluso sujetos a pruebas y test de compatibilidad y compromiso de trabajo e institucional. Cuyo gestión, ahora el Consejo de la Magistratura autónoma, debe buscarse su plena autonomía y no ser un bastión político; en términos prácticos es tender puentes en la búsqueda de la mayor independencia del órgano judicial, que permita la elección y selección de los jueces con empatía institucional, que en el largo plazo permitirá reducir los costos totales de los procesos (sociales, económicos y otros).

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