jueves, 28 de septiembre de 2017

[Aula Libre] Por Evo libres de prevaricato



Por Evo libres de prevaricato

Gonzalo Rodríguez Amurrio

Gran parte de los cuestionamientos al reciente intento del partido de gobierno de lograr habilitar la re reelección del binomio presidencial, vía Tribunal Constitucional Plurinacional, coinciden en que los magistrados que le hagan tal favor caerían en la figura delictiva de prevaricato.

Ello resultaría así con el Código Penal vigente, que en su Art. 173 establece que "la jueza o el juez, que en el ejercicio de sus funciones dictare resoluciones manifiestamente contrarias a la Ley, será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años".

Sin embargo al revisar el texto del Código del Sistema Penal, que actualmente se encuentra aprobado en grande en el Órgano Legislativo, y que abrogará el actual Código Penal, nos llevaremos más de una sorpresa. La figura de prevaricato aparece en el Art. 115 del nuevo Código, e incorpora una nueva condición, que fácilmente puede dejar impunes a los jueces y magistrados que incurran en tal delito.

La condición consiste en que "por interés personal" se "dicte resolución manifiestamente contraria a la Constitución Política del Estado, al Bloque de Constitucionalidad o a la Ley aplicable al caso". Y hasta por sentido común se entiende que esa condición de "interés personal" quiere decir: para beneficio propio y no para un tercero.

La demanda de inconstitucionalidad del oficialismo solicita la inaplicabilidad de los artículos. 156, 168, 285.II y 288 de la Constitución Política del Estado, a favor de senadores, diputados, presidente, vicepresidente, gobernadores, alcaldes, asambleístas departamentales y concejales; de manera que al dar por admitida y declarar probada tal acción los magistrados tendrían la excusa de que no se han beneficiado con su sentencia, que no tenían interés personal. 

Con el mismo argumento del forzado "derecho humano de ser reelegido" (cuantas veces le apetezca a la persona) la acción de inconstitucionalidad pudo también solicitar se declare inaplicable el artículo 183.I del texto constitucional que establece la no re-elegibilidad de las autoridades del órgano judicial, pero tuvieron cuidado de discriminarlos "para su bien"; es decir para que no se cumpla el requisito de "interés personal" y queden libres de culpa y pena.

Ahora se explica el por qué, entre otras razones, el oficialismo tiene prisa en aprobar el nuevo Código del Sistema Penal boliviano. Su estrategia judicial de habilitar la re reelección requiere dar ciertas garantías a los magistrados que terminarían por ponerse a su servicio. Tal facilitación de impunidad no solo resulta vergonzosa e indignante, en tanto expresión de acomodar las leyes a sus intereses políticos mezquinos, además debiera llevarnos a indagar qué otras pretensiones se esconden en el denominado Código del Sistema Penal.

Al respecto, llama significativamente la atención el que en el numeral 4 de su Art. 24, destinado a señalar los factores o causales que eliminan o disminuyen la responsabilidad penal, se haya contemplado el que el ilícito haya tenido lugar en circunstancias de un legítimo ejercicio de un derecho, autoridad o cargo.

Las autoridades que tienen origen en el voto popular, con su sola elección y posesión ya se encuentran en situación de ejercicio legítimo de su condición o cargo, y resulta inaceptable que por ese solo hecho puedan quedar disminuidas o liberadas de responsabilidad penal, cuando se encuentren involucradas en la comisión de delitos, sobre todo respecto a aquellos que afecten la integridad, la vida y bienes de las personas.

A su turno el nuevo Código deja de contemplar la figura de asesinato que en el Código penal vigente no admite indulto, y pretende compensarla con la figura del homicidio agravado, cuya pena podría ser indultada, al no encontrarse prohibido el perdón judicial para tal delito.

No cabe duda que a los magistrados les piden "sacrificarse" por Evo y cual reciprocidad, con el nuevo Código de Sistema Penal, el partido de gobierno desfigura el delito de prevaricato, para dejar a los magistrados del Tribunal Constitucional sanos y salvos.

El autor es abogado y ex dirigente obrero.



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Enviado por: Juan Gonzalo Rodriguez Amurrio <rodriguez.amurrio.go@gmail.com>


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