jueves, 21 de julio de 2011

Revolucion oriductiva en el papel

Armando Méndez Morales
amendezmo@yahoo.es

Toda revolución es desastrosa cuando se la hace a tiros y con muertos. Es menos dañina si se la hace en el papel. No se alcanzan objetivos explícitos propuestos pero se complica el avance institucional tan necesario para el desarrollo económico. Esto es lo que sucede con la enredada Ley 114, que declara la agropecuaria como sector estratégico para la producción de alimentos con la finalidad de lograr soberanía alimentaria.

La ley citada contiene 57 artículos, y 14 disposiciones transitorias. Reconoce a las comunidades indígena originaria campesinas como Organizaciones Económicas Comunitarias OECOM. Les garantiza la participación en todos los niveles de gobierno del ámbito agropecuario. Define a la gestión territorial indígena originario campesina como el "ejercicio de la titularidad de su territorio, gestión participativa y en consenso entre las diversas comunidades que conforman el territorio". Tiene por objeto "normar el proceso de la revolución productiva comunitaria agropecuaria" para lo que establece "bases" institucionales, políticas, técnicas y financieras. Define a la economía comunitaria como un "modelo de desarrollo que comprende los sistemas de planificación, organización, producción generación de excedentes y su distribución para el bienestar común basado en la cosmovisión de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas, quienes administran su territorio, recursos y tienen sus propias formas de organización en armonía y equilibrio con la Madre Tierra." Propone la "planificación estratégica alimentaria participativa desde las comunidades indígena originario campesino".

Quince retos que enfrenta la actividad agropecuaria en Bolivia los ubica bajo el título de políticas de la revolución comunitaria productiva agropecuaria. Estos retos serían: fortalecimiento de la base productiva, con énfasis en "las prácticas locales y ancestrales". Conservación de áreas para la producción, regulación del suelo desde el nivel central del Estado en "coordinación con las entidades territoriales autónomas" y según el Plan Nacional de Uso de Suelos y Ordenamiento Territorial para la Producción Agropecuaria y Forestal. Protección de recursos genéticos naturales, con la prohibición de usar semillas genéticamente modificadas de "especies de las que Bolivia es centro de origen o diversidad, ni aquellos que atenten contra el patrimonio genético, la biodiversidad, la salud de los sistemas de vida y la salud humana", además, para que "todo producto destinado al consumo humano de manera directa o indirecta, que sea, contenga o derive de organismos genéticamente modificados" sea identificado obligatoriamente como tal â€"se presupone que por parte del vendedor. "Intercambio equitativo" y comercialización, para lo que se debe regular la exportación e importación de productos e insumos agroalimentarios, asegurando que los productos agropecuarios lleguen directamente a través de empresas estatales a "precios accesibles"; control de la producción, importación y comercialización de productos genéticamente modificados. Fomento a la producción. Acopio, reserva, transformación e industrialización. Promoción del consumo nacional. Investigación, innovación y saberes ancestrales. Servicios de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria. Gestión de riesgos. Atención de emergencias alimentarias. Garantía de provisión de alimentos a la población. Garantía de una alimentación y estado nutricional adecuados. Gestión territorial indígena originario campesino. Seguro agrario universal. Transferencias.

Para la ejecución de la ley determina una estructura institucional donde abundan los "Consejos Económicos" a nivel nacional, departamental, regional, provincial, municipal y se determina la creación de nuevas instituciones y empresas públicas. La intención es politizar la actividad agropecuaria. El gobierno cree que los burócratas pueden hacer empresas y que la asignación de recursos se realiza en asambleas y no por medio de los mercados.

Esta ajustada síntesis de la Ley 144, que intenta abarcar todos los problemas de la actividad agropecuaria, no distingue la que se hace en el oriente boliviano de la del altiplano. En el oriente la actividad se mueve bajo reglas de mercado. En el altiplano se mezcla las reglas de mercado con prácticas precapitalistas. El problema de atraso agropecuario está ante todo en el altiplano del país, por baja productividad, por lo que participa sólo con el 18 por ciento del total nacional. Sin embargo la oriental, que es la más importante, está creciendo a un ritmo muy bajo, por ejemplo, Santa Cruz lo está haciendo sólo al 1,5 por ciento anual. Por tanto, mal se puede tratar estas diferentes realidades con un listado de planteamientos políticos similares. Ideológicamente se cree que se puede desarrollar una "economía agropecuaria comunitaria", basada en "prácticas locales y ancestrales", cuando lo que requiere son derechos de propiedad privada de la tierra garantizados, incorporar tecnología y desarrollar las reglas competitivas de mercado, comenzando con la plena libertad de precios y de comercio, pero con un fuerte apoyo estatal en materia de infraestructura, para de esta manera avanzar en la estacada agropecuaria del altiplano.

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