Juan José Bonifaz B.
jjbonifaz@gmail.com
"La ciudad de San Bernardo de Tarija, fundada por el Cap. Luis de Fuentes en 1574, tenía por radio o jurisdicción veinte leguas hacia los indios chichas, y tierra de paz y treinta por la parte de los indios chiriguanos".
"Estos límites le fueron asignados por el Virrey de Lima, Francisco de Toledo, quien había ordenado su fundación, pero este límite se extendió después sin medida merced a las reducciones establecidas por los Padres Franciscanos, bajo la dirección y amparo de la Audiencia de Charcas, llegando hasta las proximidades del alto Bermejo, a donde llegaron las reducciones tarijeñas, que se encontraban dentro de los límites de Charcas que por ese lado estaban en el Río Bermejo"
"El distrito de Tarija, perteneció a Charcas desde la conquista hasta que el 17 de febrero de 1807, faltando apenas 2 años para la revolución emancipadora el Rey Carlos IV creo el obispado de Salta, a que mandó se agregue todo el partido de Tarija, de la intendencia de Potosí y dicho Arzobispado"
"Esta segregación completa, en su doble faz, civil y eclesiástica, fue un desgarramiento brusco para Tarija. Sus habitantes que estaban a menos de noventa leguas de Chuquisaca tenían que ir a Salta en adelante, mas de ciento treinta leguas, por los inmensos despoblados y con la cordillera de por medio…"
Los párrafos anteriores han sido escritos por un tarijeño, el Sr. Rodolfo Bluske Buffoli, en un trabajo de investigación bajo el título de "La anexión de Tarija a Bolivia" consultando fuentes históricas argentinas y bolivianas. Como él, hay tarijeños honrados que dicen la verdad, mientras sobran quienes mienten a su pueblo.
Mostrar derechos inexistentes, es un despropósito o una extrema falta de moral cívica. En 1840 se crea la Provincia Azero, tiene el "río Pilcomayo" como límite natural con la provincia Salinas de Tarija. Azero desde 1895 – 1917 es la poseedora de la riqueza petrolera del país -y por esa razón- descuartizada en partes: Chuquisaca (Hernando Siles y Luís Calvo); Tarija, Santa Cruz y, Paraguay; este última consecuencia de la guerra.
A pesar de estas vicisitudes, la naturaleza impone su verdad ante las reiteradas dudas de unos y otros. El Bloque Caipipendi del que es fracción Margarita, está situado en la rivera boreal del Río Pilcomayo, es decir en Chuquisaca. Lamentablemente, nuestras autoridades de ayer y hoy, han sido inferiores a la responsabilidad de defender esos derechos -y a su turno- han escondido la cabeza como el avestruz.
La sesión territorial que Chuquisaca hizo a Tarija y Santa Cruz con la "Ley de Límites" de 10 de noviembre de 1898, fue a cambio de otra, la "Ley de Radicatoria" de 29 de noviembre de 1898, conocida como de la capitalidad; es decir, la permanencia de los poderes ejecutivo y legislativo en Sucre. Se argumentó que la Ley de Radicatoria era inconstitucional desde su origen, pero es claro que la Ley de Límites que de ella surgió -con carácter de transacción- es también inconstitucional porque no se cumplió la condición establecida. En consecuencia, resultó una entrega a título gratuito sin compensación alguna. ¿Ahora digan hermanos tarijeños, quién es el dueño de Margarita y si es justo tomar acciones tan intransigentes y desatinadas? …
Ésta es sobre todo, una cuestión moral, de buena fe y ánimo integrador del sudeste, debe ser tratado con equilibrio y visión de futuro, dejando de lado criterios rentistas y regionalismos; se trata de buscar una solución civilizada y equitativa que ojalá pudiera consistir en declarar zonas de aprovechamiento compartido entre los departamentos del sur, creando un antecedente constructivo para la solución de futuros conflictos limítrofes similares. Somos además, víctimas de estratagemas políticos y transnacionales que desorientan a los sectores involucrados de ambos departamentos, que digitan sus bases alentando regionalismos y chauvinismos haciéndoles creer que, teniendo la "propiedad territorial" de un recurso natural -que en realidad es virtual y no efectivo- existe una verdadera nacionalización de los hidrocarburos.
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