martes, 28 de octubre de 2014

ACCION DESTRUCTIVA Y OMISION COMPLICE


Franz Rafael Barrios Gonzalez

En los últimos días, quienes aún disfrutamos de la estética colonial y republicana de nuestro país vimos con tristeza y asombro cómo el Gobierno Plurinacional ejecutaba la destrucción de la Casa Alencastre, declarada Patrimonio Nacional. Mientras, el falsamente afanado Alcalde paceño, mostrándose "profundamente sorprendido", denunciaba su destrucción y anunciaba acciones "protectoras del patrimonio", cuando la Casa Alencastre ya había sido reducida a escombros.

El mencionado inmueble, que fue alguna vez propiedad del seminario San Jerónimo, situado entre las actuales calles Ayacucho y Potosí de la ciudad de La Paz, fue concluido en 1821, según la inscripción existente en alguna de sus puertas. En su momento fue calificado como Patrimonio de Preservación A, según figura en el plano de valoración del "Estudio y Reglamento para la Preservación del Centro Urbano de la ciudad de La Paz" (elaborado por la arquitecta Teresa Gisbert en 1995).

Esto en virtud de que, según concluye la ficha de catalogación de bienes inmuebles (de la Unidad de Patrimonio Tangible y Natural/Dirección de Patrimonio Tangible y Natural/Oficialía Mayor de Culturas del Gobierno Municipal de La Paz), la Casa Alencastre era un verdadero monumento, porque formaba "parte de un grupo de edificios con (…) importancia histórica y estética (…) donde se han llevado y llevan a cabo acontecimientos que definen la historia del país (y por ello) ya forma parte de la memoria colectiva de los ciudadanos".

Según los expertos, dicho inmueble tenía valor histórico "por haber sido construido en el primer manzano de la ciudad española completamente diferente y aislada de la indígena, y en vecindad con el edificio del cabildo español y la catedral". Evidentemente, mucha de nuestra historia lo tuvo como su testigo.

También tenía un enorme valor artístico porque su arquitectura e ingeniería eran el producto del "encuentro de dos mundos, el hispánico con sus materiales como la teja, el hierro y su concepción del espacio arquitectónico con su derivación de la casa grecorromana y el andino con materiales como el adobe, la paja, también con su propia concepción del espacio, la mano de obra indígena, y por sobre todo con la topografía y el clima existentes que pueden modificar cualquier tipología preconcebida".
Asimismo, a decir de quienes lo valoraron, arquitectónicamente poseía "elementos de interés, balcones abiertos y cerrados de madera y arcos rebajados en fachada (...) tres patios con portada interior de calidad con escaleras de piedra", los cuales manifiestamente lo hacían un inmueble digno de preservación y cuidado.

Lo que es más, para los entendidos en la materia, tenía valor tecnológico incalculable porque les mostraba "ingeniosas soluciones técnico-espaciales con sus arcos de ladrillo, bóvedas de crucería, muros de contención, portadas de piedra, etc.", entre otras tantas cosas. No obstante, en la época del "métele no más… mis abogados 'legalizarán'", fue destruido totalmente sin contemplación alguna.
Al respecto, legislativamente, la CPE en su Art. 302 (par. I) dispone que "Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: (…) 16. Promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal".


Entonces, una vez acaecida la atroz destrucción de la Casa Alencastre, a quienes amamos el patrimonio nacional ya solo nos resta preguntarnos: ¿llegado el momento, a quién se le atribuirá la responsabilidad? ¿Al autor de la destrucción, quien habita transitoriamente en el inmueble (Palacio) vecino? O tal vez ¿al furibundo "guardián dormido" que mora a escasos 50 metros de la destruida Casa Alencastre, en el Palacio Consistorial?  


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