miércoles, 11 de noviembre de 2009

La inutilidad de los informes internacionales en el caso Pando

Franz Rafaél Barrios González
franzrbarrios@yahoo.com

El oficialismo buscó y busca respaldar su turbia conquista del departamento de Pando, la persecución del gobernador departamental, las muertes -ocasionadas por el masismo para el cometido-, el exilio de muchos, y la manipulación siniestra del pueblo pandino; en los informes emitidos por órganos internacionales, pero solo de aquellos que le permitieron al oficialismo hallar razón a su interesada narración de los eventos.

http://www.la-razon.com/versiones/20090623_006767/nota_262_833158.htm

Vayasé a saber cuál el afán de los narradores internacionales por escuchar únicamente la verdad masista. ¿Fueron contratados (implicando altos honorarios contractuales), son manipuladores de oficio, son ambiciosos desgraciados que buscan congraciarse con sus susperiores y acender en sus organismos, son sinvergüenzas con ánimos de experimentar en Bolivia y su realidad sus vagabundas fórmulas de seudo antropolo-sociología, y a partir de ello utilizar sus datos en futuros cuadernos "académicos" que les valdrían un ocioso PhD -por lo exótico del objeto de estudio-; son asociados accionistas en el "Proyecto Quintana" (contrabando,tráfico, trata...), pero qué porquería son?

Sin embargo a lo único que deberían estar supeditados tanto los informes, los narradores, los cazadores masistas, sus defensores, y demás comparsa, es a que dadas las premisas constitucionales -incluidas las del pasquín masista- se consagra la supremacía del Derecho Interno por sobre el -simplemente- sugerente Derecho Internacional.

[Artículo 410.
...II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
1. Constitución Política del Estado.
2. Los tratados internacionales...] CPE

(Aclarando. "Tratados y Convenios Internacionales" intregan el cuerpo Iurídico, pero aun así por más DDHH, se someten a la gana y primacía del Ius Interno. Y a saber además de que los informes -supositorios-, son solo de alcance recomendativo.)

Hace dos noches, en un programa televisivo, el ex ministro de Defensa Legal del Estado o de la ilegalidad más bien (una de sus ocurrendas) Hector Arce S. se alevoseaba con un cuadernillo azul de no más que llokallescas suposiciones que los informes o narraciones mal intencionadas HABRÍAN vomitado. Según el mayordomo ilegal ése, estos informes o suposiciones para ser más precisos serían los que justificarían el proceso total del caso Pando. Con ello H. Arce S. nos explicaba como los oficialistas dependen adictivamente de la decisión foránea para actuar en muchas de las situaciones de Estado (Chávez, Castro, Organismos de conveniencia).

¿Hasta que punto la investigación boliviana vale, y hasta dónde lo hace la especulación del organismo internacional? En este proceder hubiese sido lógico que también se tomen en cuenta las intenciones Europeas (Irlandesa como húngara) por aportar a la investigación que compromete la vida y verdad fáctica de dos de sus connacionales respectivamente; o el reconocimiento, en un primer momento, de alguna voz de la Unión Europea sobre la vulneración de la libertad de expresión de Fernández (ya que E. Morales junto a su piara manipuladora de ilegalidades convencieron a la llegada de los turistas europeos de su verdad). Pero no, peligros no puede correr la truculencia masistoide, que además ya está en visperas de cerrar su conspiración tanto desde el informe de la comisión cameral como desde la inventiva y maquilladora contra parte fiscal. Que además hoy ya no quiere salir a responderle al pueblo por medio de la prensa; por qué se taradaría tanto en privarnos de su despreciable imágen y conducta, debió determinar aquello desde un principio.

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