lunes, 11 de octubre de 2010

K´ara K´ara, una historia de nunca acabar.

El fallo de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba prohíbe al Alcalde de Cercado echar basura en k´ara k´ara, los mecanismos adecuados para el cumplimiento de lo dispuesto está en la responsabilidad penal, disciplinaria, fiscal o simplemente civil por vía ordinaria o por acción de repetición; los mismos garantizarán el cumplimiento de la Ley, los responsables de la contaminación podrían ser condenados a seis años de prisión, por lo previsto en la Ley 1333 y el Código Penal.

Jorge Costas Arze
jorge_costasa@yahoo.com

Dentro de las muchas acciones que hizo el Comité para el Cierre del Botadero de K´ara K´ara, con el apoyo de las instituciones que conformaron la Plataforma de Gestión Apropiada de los Residuos Sólidos, con relación al botadero de k´ara k´ara, interpuso un recurso Constitucional (Acción Popular) que está contemplada en la Constitución Política del Estado[1].

El fallo de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Distrito de Justicia dispone la prohibición para la Alcaldía de Cochabamba representada por el Alcalde Municipal, autoridad recurrida, de echar basura en el relleno sanitario de K´ara K´ara a partir del 1ro. de Enero del año 2010, sea directamente o a través de instancias públicas, empresas que dependen de ella o le presten servicios, o a través de otras instancias públicas, privadas o personas particulares. Se asigna a la Prefectura del Departamento (hoy Gobernación) la tarea de vigilar y controlar que los mandatos señalados se cumplan estrictamente en los tiempos y las condiciones anotadas bajo responsabilidad.

EMSA, en su desesperación y mal asesoramiento Jurídico interpuso un Amparo Constitucional el 25 de mayo del 2010 en contra de los miembros de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Distrito de Justicia solicitando la Anulación de la Sentencia de la Acción Popular del 17 de septiembre del 2009 (WEB DEL TRIBUNAL, EXPEDIENTE Nº 2010-21932-44-AAC). En dicha audiencia, la Sala Penal Primera dicto IMPROCEDENTE el Amparo (EXPEDIENTE Nº 2010-21065-43-AP). Un principio fundamental que se les recordó a los recurrentes es que una sala de la misma categoría no puede pronunciarse en contra de su similar; y que está es prerrogativa exclusiva del Tribunal Constitucional, estreno que en primer año de derecho se aprende.

Ahora la Fiscalía abrió una investigación contra los ex alcaldes Gonzalo Terceros y Tatiana Rojas, por daños a la salud y contaminación, debido a que no cumplieron con el cierre del botadero de K'ara K'ara el 1 de enero de 2010.

El punto de partida de la investigación es la resolución judicial de 2009 (Acción Popular), que ordena el cierre de K'ara K'ara y que señala a la Prefectura (hoy Gobernación) como la instancia encargada de su cumplimiento. Además de los resultados de una auditoría ambiental de 2001, que detectó que había daño ambiental a través de estudios de suelo, aire y agua.

La Fiscalía ha emitido varios requerimientos a la Secretaría de la Madre Tierra -que reemplaza a la Dirección de Medio Ambiente en la Gobernación- para que se realicen peritajes ambientales y una auditoría ambiental.

La Fiscalía explicó que también determinará si es un delito o una infracción, debido a que si bien existe una orden judicial hay que analizar los diferentes convenios que se lograron con las 33 comunidades que viven en los alrededores.

Otro elemento inmerso en la investigación es el pago de los 0,70 de dólar que pagaba la Alcaldía por tonelada de basura a dirigentes de la zona, pero además determinar por qué hasta ahora el botadero sigue abierto y cuál fue el trabajo de Colina, empresa que debía realizar el cierre técnico. Los responsables de la contaminación podrían ser condenados a seis años de prisión, por lo previsto en la Ley 1333 y el Código Penal.

Peritaje Técnico Ambiental

Identificación de Peligros al Medio Ambiente y sus Efectos en la Salud Causados por el Vertedero de K´ara K´ara, ese el nombre del Peritaje Técnico Ambiental realizado por la Ing. Claudia Achá O. (RENCA 12014) terminado en enero de 2010. Trabajo encomendado por la Red de Participación Ciudadana y Control Social regional Cochabamba. Con resultados por demás conocidos que ahora se encuentra documento[2].

Dicho Peritaje muestra los efectos de la contaminación en los pobladores que viven alrededor del botadero, en su salud física y mental por la contaminación del aire con gases tóxicos, la proliferación de vectores y canes que buscan alimento en el botadero. Todo ello repercute en el deterioro de su calidad de vida.

El peritaje también señala que los pobladores no se encuentran bien informados de los riesgos a los que se encuentran expuestos viviendo alrededor del botadero, no cuentan con centros médicos especializados en enfermedades ocasionadas por la contaminación de la basura.

Una de las recomendaciones es la urgente implementación de un programa específico de atención inmediata al problema del botadero y un proyecto a diseño final de un sistema de gestión departamental, que evite los problemas generados por un deficiente manejo del botadero a través de un programa apropiado que señale su manejo desde la generación, transporte, procesado y buscando la tecnología adecuada para reducir al mínimo la disposición final

La Fiscalía

Como parte de la investigación, la Fiscalía ha realizado una inspección al botadero, para constatar el trabajo de la empresa que se adjudicó el cierre, Colina. Sin embargo, verificó que sólo se cerró una plataforma y no el botadero, como mandaba la orden judicial (Acción Popular).

Otro elemento que llamó la atención es que la empresa responsable de la administración del botadero, EMSA, no reforestó la plataforma cerrada. Por lo que se ha requerido que la empresa informe sobre el estado actual del botadero y se revisarán todos los convenios que se han firmado posteriormente a la orden judicial. Se estima que la etapa de investigación concluya con los peritajes ambientales que se le ha pedido a la Secretaría de la Madre Tierra de la Gobernación.

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