miércoles, 27 de abril de 2011

NO SOLO DE FISCALES VIVE EL HOMBRE

Pepe Pastén Burgoa
pastenburgoa@hotmail.com

Noticias recientes nos han hecho conocer que el representante del Ministerio Público asignado a la etapa investigativa en el presunto caso de terrorismo presentó una carta de renuncia ante el Fiscal General de la Nación quien inmediatamente rechazó tal solicitud. Las razones y argumentos subjetivos del servidor público renunciante hablan de amenazas, complot e inconductas, de muchas entidades y personas que atacan permanente y frontalmente a este sufrido hombre, y en estrictu sensu, debe ser todo un rompecabezas armar toda una colecta de información y sincronizarlas con las pruebas para que todo encaje de manera tal que, algún día, promueva la acción penal pública hasta instancias finales.

Han pasado más de seis meses (así lo enuncia el procedimiento penal para la parte preparatoria) y superando los dos años, una complicada telaraña de investigaciones, filmaciones, datos, contradeclaraciones, personajes espurios y sindicados afectados en su salud y su economía esperan que el andamiaje de la administración de justicia soporte tanta maledicencia. Por el momento el transcurso del tiempo y el desarrollo de los hechos, pisa, lesiona y lastima a algunos. Uno de ellos, el fiscal renunciante que en mas de una ocasión fue advertido por su propio organismo corporal que el estrés y la sobrecarga tienen un límite y pasan factura.

En opinión del ciudadano término medio, aquel anónimo que no aparece en medios y es de poco hablar y difícilmente le cuesta expresar su opinión, de Constancio Kenallata, de Jovita Pesoa, Eleuterio Magne, Santusa Ojopi, Nando Pitajaya, en el caso del supuesto terrorismo, la situación se ha desbordado y ha escapado del control de la Fiscalia y del gobierno. Transcurre el tiempo y se corre el riesgo de que aparezcan nuevas filmaciones, que algunos testigos declaren lo que no lo hicieron o denuncien cómo lo hicieron. Todo esto entorpece y altera el procedimiento, sume en mayor depresión a los sindicados, deteriora su salud, su economía y el Ministerio Público pierde credibilidad.

No hay por que alargar mas el "debido proceso" (¿?), pruebas destruidas y eliminadas, declaraciones informativas, ¡C u i d a d o! Quienes nos formamos en leyes sabemos que nuestra economía jurídica en el ámbito procesal penal contemplan normativas y artículos taxativos. Sin ánimo de empalagar y hacer tedioso y tenebroso este artículo me permito reproducir segmentos específicos del Código de Procedimiento Penal

Artículo 71º.- (ILEGALIDAD DE LA PRUEBA). Los fiscales no podrán utilizar en contra del imputado pruebas obtenidas en violación a la Constitución Política del Estado, Convenciones y Tratados internacionales vigentes y las leyes.

Artículo 72º.- (OBJETIVIDAD). Los fiscales velarán por el cumplimiento efectivo de las garantías que reconocen la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados internacionales vigentes y las leyes. En su investigación tomarán en cuenta no sólo las circunstancias que permitan comprobar la acusación, sino también las que sirvan para eximir de responsabilidad al imputado; formulando sus requerimientos conforme a este criterio.

Artículo 73º.- (ACTUACIONES FUNDAMENTADAS). Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica. Procederán oralmente en las audiencias y en el juicio y, por escrito, en los demás casos.

Le pido un poco mas de paciencia amable lector porque es imperativo enunciar los principios elementales en los que se debería regir el Ministerio Público, así lo señala su ley orgánica.

1.- PRINCIPIO DE LEGITIMIDAD.- Es la facultad nacida de la ley para ejercer el Ministerio Público, por quienes son designados de conformidad con la Constitución Política del Estado y las Leyes, y la ejercen con sujeción a ellas.

2.- PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA FUNCIONAL Y AUTONOMIA PRESUPUESTARIA.- El Ministerio Público es independiente de los Poderes del Estado en lo funcional y, su ámbito está señalado por ley. Anualmente tendrá una partida en el Presupuesto General de la Nación y sus recursos los administrará de manera autónoma en función a sus propios requerimientos.

3.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- El Ministerio Público actúa con estricta sujeción al ordenamiento jurídico, ejerce de oficio las acciones inherentes a sus funciones cuando sean procedentes, o se opone a las indebidamente intentadas, en la medida y forma que la Constitución Política del Estado y las leyes lo establecen.

4.- PRINCIPIO DE UNIDAD.- El Ministerio Público es único e indivisible, sus funcionarios cuando actúan en un procedimiento representan a la sociedad y al Estado.

5.- PRINCIPIO DE JERARQUIA.- La organización jerárquica del Ministerio Público se define por el grado de dependencia de los funcionarios inferiores a los superiores, de conformidad con la presente ley.

6.- PRINCIPIO DE REPRESENTACION.- Es la facultad que tiene todo funcionario del Ministerio Público de representar por escrito una orden o instructivo emanado de los superiores, que se consideren contrarios a la ley.

7.- PRINCIPIO DE PROBIDAD.- El Ministerio Público en todas las actuaciones señaladas por la presente ley, lo hará con imparcialidad y rectitud.

8.- PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD.- Los miembros del Ministerio Público son responsables penal, civil y administrativamente por los delitos y faltas cometidos en el ejercicio de sus funciones.

9.- PRINCIPIO DE INAMOVILIDAD Y CARRERA.- Los Fiscales permanecerán en el ejercicio de sus funciones por el tiempo legal para el que fueron elegidos y no podrán ser removidos de las mismas, salvo en los casos señalados expresamente por ley. Se garantiza la carrera de sus funcionarios, para este efecto se establece el Escalafón del Ministerio Público.

Muchos dirán….pura letra, leyes y mas leyes, normas que no se cumplen. ¡Todo eso es verdad. Por el momento lanzo las preguntas a todos y todas…¿Les gustaría estar en los zapatos del fiscal de marras? ¿Qué es lo que más le convendría a él como persona visionaria y profesional con futuro? ¿Cuál será el resultado de este proceso que se asemeja al peregrinaje de judíos salidos de Egipto? .

Por el momento podemos resumir el contexto diciendo que no solo de fiscales vive el hombre.

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