domingo, 22 de abril de 2012

¿Cuáles las verdaderas convicciones del gobierno sobre el trabajo asalariado?

Gonzalo Rodríguez
rodriguez.go@gmail.com
http://libertadesdemocraticas.blogspot.com

¿Cuáles las verdaderas convicciones del gobierno sobre el trabajo asalariado?

Doble discurso sobre "hora trabajada hora pagada". La frase "hora trabajada hora pagada" últimamente es pronunciada con frecuencia por diversas autoridades de gobierno, a propósito de justificar el descuento a profesionales y trabajadores del sector salud, por la huelga de protesta que llevan a cabo en pos de la abrogatoria del decreto 1126.

Pero, ante la pregunta ¿cada hora que el gobierno quiere aumentar en la jornada del sector salud también será pagada? el silencio es la única respuesta; develándose su naturaleza oportunista y despótica, que coloca su interés y capricho circunstancial por encima de los valores y las normas.

Una amnesia vergonzante y sin límites. En homenaje al 1ro. de mayo de 2006 el gobierno promulgó el decreto 28699 creando expectativa en el país. El texto contiene engaños y aciertos.

Uno de esos engaños quedó ilustrado por la redacción burlesca de su artículo 11, que afirma que se reconoce la estabilidad laboral a favor de los trabajadores, pero que será otro decreto que definirá la forma y alcances de dicha estabilidad.

Entre los aciertos destaca la ratificación de un conjunto de principios propios del derecho del trabajo. Entre ellos el principio protector, mismo que impone tomar en cuenta dos reglas: el in dubio pro operario (en la duda a favor del trabajador) y el de la condición más beneficiosa.

La regla de la condición más beneficiosa implica que "en caso de existir una situación concreta anteriormente reconocida ésta debe ser respetada, en la medida que sea más favorable al trabajador, ante la nueva norma que se ha de aplicar" (Art. 4, I, a).

En cumplimiento de esta regla, indudablemente corresponde respetar las jornadas consignadas en los contratos de trabajo de los médicos y trabajadores del sector, de manea que la ampliación de jornada en este sector solo debe regir para lo venidero, porque además la Constitución Política del Estado otorga la garantía de la irretroactividad de la ley.

Sin embargo, el gobierno parece no recordar que dictó el decreto 28699 en mayo de 2006. Vaya desfachatez.

Derecho al trabajo Vs. Derecho al trabajo digno. Ante el cuestionamiento al decreto 1126 por vulnerar el derecho al trabajo digno contemplado en la actual constitución, personeros de gobierno afirman que no se vulnera el "derecho al trabajo" porque tal decreto no ordena despedir a nadie.

Lo que permite constatar que han olvidado que existe una nueva constitución, misma que en concordancia con los tratados sobre derechos humanos ya superó el viejo concepto del simple "derecho al trabajo", para reconocer el "derecho al trabajo digno"; lo que implica que no se puede obligar a nadie a realizar labores sin su consentimiento y justa retribución; como pretende el gobierno hacer con los médicos y trabajadores del sector salud.

Los personeros de gobierno terminan develándose, entonces, como defensores de ideas ya superadas y, como negadores de la naturaleza inviolable y progresiva de los derechos reconocidos en la constitución.

Cada persona es libre de tener las convicciones que quiera, pero es absolutamente inadmisible que quienes están en función de gobierno incumplan su deber de promover, proteger y respetar los derechos de los trabajadores asalariados reconocidos en la constitución.

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